Artículo de Luis Serrano para «Expediente Chipirón»
Expongo a continuación mi opinión sobre la acción del lanzamiento de penalti en el partido de octavos de final de la Liga de Campeones entre los dos clubes madrileños el miércoles 13 de marzo de 2025. El comunicado de la UEFA, al día siguiente del partido, fue el siguiente:
«El Atlético de Madrid preguntó a la UEFA sobre el incidente que provocó la anulación del lanzamiento desde el punto de penalti de Julián Álvarez al final del partido de ayer de la UEFA Champions League contra el Real Madrid. Aunque mínimo, el jugador hizo contacto con el balón usando su pie de apoyo antes de golpearlo, como se muestra en el clip de vídeo adjunto. Conforme a la regla vigente (Reglas de Juego, Regla 14.1), el VAR tuvo que llamar al árbitro señalando que el gol debía ser anulado. La UEFA entablará conversaciones con la FIFA y el IFAB para determinar si la regla debe revisarse en los casos en los que un doble toque sea claramente involuntario.»
Del comunicado de la UEFA relativo al incidente que provocó la anulación del lanzamiento desde el punto de penalti de Julián Álvarez destaco su brevedad. Tres párrafos y 10 líneas:
Ante el complejo dilema en que se vio inmersa, al tener que responder por si hubo doble contacto en el balón, la UEFA no titubeó en su decisión sobre la resolución tomada por el árbitro polaco Szymon Marciniak. La UEFA considera que fue correcta y juzga innecesario argumentarla por escrito aunque alude, eso sí, a la claridad visual de las imágenes del video de la retransmisión del partido. También es extraordinariamente escueta su contestación respecto a la puesta en funcionamiento del protocolo de actuación del árbitro de video. Nuevamente interpreto que la UEFA no recela de su correcta ejecución.
Si analizamos detenidamente el proceso de la jugada comprobaremos que los árbitros actuaron correctamente al cumplir con todos y cada uno de los requerimientos que deben concurrir para iniciar el protocolo de VAR.
Primeramente, el árbitro principal Szymon Marciniak (Polonia) tomó una decisión inicial de gol tras el lanzamiento del penalti por parte del jugador del Club Atlético de Madrid. Seguidamente, el árbitro de video, el también polaco Kwiatkowski, chequeó inmediatamente el lanzamiento del penalti, por ser una jugada especifica de serlo. En esta fase del procedimiento detectó un claro, objetivo y manifiesto error e informó al árbitro inmediatamente.
Szymon Marciniak, tras escucharlo decide, en ese momento y bajo su exclusiva e irrenunciable responsabilidad, iniciar la revisión de la jugada. Es lo que recibe la denominación técnica de «revisión basada únicamente en el VAR» por la que puede observar en televisión las imágenes a velocidad normal y a cámara lenta, teniendo en cuenta que las reproducciones a cámara lenta están autorizadas, entre otras posibilidades, cuando las decisiones finalizan en gol, como es este caso. A continuación, tras haber escuchado al árbitro de video y su asistente, observó que había cometido un error claro, obvio y manifiesto por lo que modificó su decisión inicial por la decisión final objetiva de anular el gol.
Para terminar la revisión de la jugada nos queda saber si es posible la anulación del partido. La norma es clara. No se invalidan los partidos en los que se producen tomas de decisión errónea con la intervención de la tecnología de VAR como tampoco lo son en los de detección automática de goles (DAG).
Respecto a la posibilidad de si fue demasiado dura la anulación del gol por parte del árbitro pues el jugador se resbaló, opino que no ha lugar tal discusión actualmente porque la norma escrita única, sola y exclusivamente contempla la ejecución con más de un golpe balón excluyendo cualquier otra consideración como, por ejemplo, si hubo voluntariedad o no a la hora de golpear o si se resbala el lanzador.
La misma contestación se aplica a la claridad de las imágenes para anularlo. El hecho es lo que se juzga y al haberse golpeado dos veces el balón se debe producir la anulación del penalti independientemente de si hubo o no claridad. Si independientemente de la claridad de las imágenes se llega a la conclusión final de que hubo doble golpeo, ya no es relevante para la decisión alegar la claridad o no de las imágenes pues se acepta que hubo un par de toques a la pelota.
El segundo punto que voy a tratar es el tercer párrafo del comunicado que ha dado lugar también a diversas interpretaciones. Tanto FIFA como UEFA son conocedores de que sus decisiones afectan a un futbol globalizado que evoluciona día a día. Por eso revisan y actualizan anualmente las reglas del futbol y antes de publicar una resolución tratan las propuestas recibidas con todos los integrantes que componen la comunidad futbolística jugadores, entrenadores, árbitros y aficionados. Pero no contentos con la publicación de las normas, consideran ineludible que éstas sean comprendidas tanto por medios de comunicación como por la comunidad futbolística. Y el órgano legislativo responsable de dictar las Reglas y de garantizar su comprensión es la Junta de la Asociación Internacional de Fútbol (IFAB) que está compuesto por cinco federaciones: las cuatro federaciones fundadoras Inglaterra, Escocia, País de Gales e Irlanda del Norte más la FIFA que se adhirió posteriormente.
Como esta forma de proceder que se viene produciendo recurrentemente la UEFA da a entender en su comunicado que está dispuesta a hacer llegar a la FIFA un posible cambio para incluir la involuntariedad del doble toque en el lanzamiento de penalti si así lo decide la comunidad futbolística.
¿Se repetirá la respuesta de UEFA si se repite este tipo de jugada y se le solicita su opinión?
¿Algún equipo solicitará a su federación la inclusión de involuntariedad en el doble golpeo en caso de resbalarse el lanzador de un penalti?