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Entrevista con Luis Serrano, investigador de «Expediente Chipirón»

La Liga Nacional de Fútbol Profesional y la Asociación de Futbolistas Españoles firmaron un convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional. ¿Que se pretendió con ello?

Con el convenio colectivo se establecen y regulan las normas por las que han de regirse las condiciones de trabajo de los futbolistas profesionales.

Comentábamos la semana pasada que la AFE tenía entre ssus derechos el de la huelga. ¿Cuántas huelgas de futbolistas hemos tenido?

El fútbol español masculino, a través de la AFE, ha convocado a seis huelgas por los futbolistas en demanda de sus derechos (1979, 1981, 1982, 1984, 2010, 2011 y 2015). Cuatro de las cuales culminaron con éxito.

También ha habido amenazas de paros arbitrales, la última llevada a cabo en noviembre de 1997.

La jornada del futbolista profesional incluye una prestación de servicios, ¿cuáles son?

Los que realice ante el público y el tiempo en que esté bajo las órdenes directas del Club/SAD a efectos de entrenamiento, preparación física y técnica 

En ningún caso superará las (7) siete horas del día pero hay excepciones.

El tiempo que el futbolista se encuentra bajo las órdenes del Club/SAD o sus representantes, ¿qué partes comprende?

  • Entrenamientos
  • Concentraciones y Desplazamientos
  • Otros como la celebración de reuniones de tipo técnico, informativo, sauna y masaje

Deberán ser comunicadas al futbolista con la debida antelación

¿Qué es lo más importante por destacar con respecto a los entrenamientos?

Los entrenamientos se realizarán en forma colectiva no siendo conforme a derecho cualquier apartamiento, excepto salvo los casos de recuperación por enfermedad, lesión u otra causa justificada que deberá ser notificada por escrito al futbolista.

¿Qué obligaciones asume un futbolista con respecto a las concentraciones y desplazamientos que establece el club/SAD?

Está obligado a realizar las concentraciones teniendo en cuenta dónde se juegue, tiene dos horarios distintos contando siempre como referencia la hora de comienzo del partido.

Si es campo propio, no se les podrá convocar con una antelación superior a las treinta y seis horas, un día y medio, inmediatamente anteriores a la de comienzo del partido. 

Si se jugase en campo ajeno, la concentración no excederá de las setenta y dos horas, tres días en el que se incluye el tiempo de desplazamiento.

¿Cuándo y cuánto descansa un jugador de fútbol profesional?

Los futbolistas disfrutarán de un descanso semanal mínimo de un día y medio, del que al menos, un día será disfrutado de forma continuada, a partir de las cero horas.

El otro medio queda al acuerdo de las partes, que no podrá ser fraccionado.

Como el máximo diario es de siete horas sale un cómputo total de 38,5 horas semanales.

Ortiz Remacha

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